EL PROCESO DE PRIVATIZACION DE LA CREACION DE LIQUIDEZ, LA DEUDA EXTERNA Y EL DEG; contribución al debate en torno a la pugna distributiva. (Segunda parte)

Publicado en por LIBORIO

3. Creación de liquidez internacional: Fondo Monetario Internacional, Grupo de los Diez y Grupo de los Veinticuatro.

 

 

3.1 Creación de Liquidez y FMI:

 

Frente a la situación anteriormente descrita, seria conveniente hacer un recuento de la posición que ha tomado  el FMI. Para este organismo la preocupación principal era

el descenso de la participación de las reservas en el comercio internacional. En 1958 las reservas representaban al rededor del 57% del valor de las importaciones, pero para 196 se habla reducido al 36%. Si las autoridades monetarias no cuentan con la cantidad de reservas que consideran suficiente, ello podría ocasionar una disminución de la actividad económica mundial y significar un paso atrás en lo que respecta a la consecución de los fines liberales, entre ellos los anunciados como fines del fondo.

 

Se han realizado diferentes estudios sobre el modo de resolver el problema de una posible escasez de reservas mundiales. Son de resaltar dos de las soluciones que se presentaron durante los últimos años de la década de los sesenta, aún cuando una de ellas fuera rechazada. La primera se refería al abandono del sistema de paridades. Con un sistema de tipos fluctuantes, las autoridades monetarias no utilizarían sus reservas para apoyar la paridad de sus monedas, y el monto de reservas monetarias que se necesitarían sería menor, pero esta ventaja trae consigo las incertidumbres que provocarían los tipos de cambio flotantes. La otra solución que fue rechazada como lo habla sido durante los años cincuenta, consistió en que se aumentase el precio del oro, aun cuando se reconoció que era una posibilidad y que no habría inconvenientes de orden procedimental ya que estaba regulada por el Convenio Constitutivo. Esto habría incrementado el monto de las reservas monetarias mundiales en monedas; sin embargo entre las objeciones expuestas en contra de esta solución figuraba la distribución arbitraria de los beneficios directos que provocaría  la brusquedad del aumento y las incertidumbres a que habría lugar la sospecha de que ese aumento no fuera sino el primero de una serie.

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Los aumentos de las cuotas de los países miembros tampoco constituían una solución, pues dichos aumentos permiten a los países miembros la posibilidad de utilizar con mayor amplitud los recursos del Fondo, ya que el acceso a esos recursos se mide en función de la cuota. Sin embargo la liquidez que aumente de ese modo es básicamente una liquidez condicional después de que el Fondo estudie las políticas del país miembro a fin de determinar si están o no en armonía con el Convenio y con las políticas del Fondo. Existe cierta proporción entre el rigor de las normas que el Fondo aplica y el total neto de recursos del Fondo en relación con la cuota, que el país miembro desee utilizar. Aunque la importancia que se atribuye a la liquidez incondicional no debe restar mérito a la contribución que la liquidez condicional aporta a la eficacia del sistema monetario internacional y es preciso asegurarse de que esta última también aumente a un ritmo adecuado, la principal preocupación        en los años recientes que precedieron a la enmienda del Convenio fue el problema de la liquidez incondicional. La inquietud que provoca la posible insuficiencia de reservas no puede disiparse mediante aumentos    en una forma de liquidez que permita obtener

recursos solamente de acuerdo con ciertas normas y después de un estudio de las políticas.

 

En consecuencia, se fue arraigando cada vez más la convicción de que era necesario encontrar la piedra filosofal y crear un complemento de los activos de reserva de que disponen las autoridades monetarias. La mayoría de los que participaron en los debates admitieron que era menester idear un nuevo activo de reserva. Una minoría sostuvo que no era preciso que ese complemento tuviera carácter de activo de reserva, sino que podía ser más bien del orden de una línea de crédito, aun cuando se podía recurrir al mismo modo incondicional. Quizás creían que no sería posible conferir al nuevo activo la aceptabilidad de que goza el oro, o que ese no era un objetivo conveniente ya que cabía pensar que un activo que pudiera crearse mediante acuerdo se produciría en cantidades exageradas, y que la liquidez excesiva podía contribuir a prolongar los déficit en balanza de pagos o causar una inflación general.

 

Estas discrepancias doctrinales o de opinión no fueron las únicas que se produjeron a través de los años, a medida que los argumentos llegaban al plano de las negociaciones. Sin embargo, finalmente se llegó a un acuerdo sobre un breve documento titulado "Plan de un Sistema Basado en Derechos Especiales de Giro en el Fondo Monetario Internacional", en el que se evitó emitir pronunciamientos de orden teórico y en el que se formulaban en términos generales muchas de las características básicas de un "sistema… que tiene por finalidad satisfacer la necesidad, cuando esta surja, de complementar los activos de reserva existentes".

 

 

3.2 Creación de liquidez y Grupo de los Diez

 

A partir de 1963, la creación internacional de reservas, quedó sistemáticamente bajo la consideración del Grupo de los Diez, cuando la reunión de sus diputados se convirtió en un foro permanente para las discusiones en torno a los asuntos monetarios internacionales  durante la primera etapa, el Gl0 acarició la idea de crear reservas sólo para un grupo limitado de países desarrollados. Lo anterior parecía justificable para los países industrializados, ya que pensaban que un activo internacional podría ser basado en el crédito incuestionable de los participantes. Además el G10 creyó que sus miembros, como principales tenedores de reservas adicionales sin tener que ganarlas a través de transferencias reales de recursos. Por esta razón, otros miembros del FMI fueron virtualmente excluidos de las deliberaciones sobre la creación internacional de reservas hasta 1966, cuando los Ministros y Gobernadores del Gl0, en un aparente cambio de opinión, dieron instrucciones a sus diputados para consultarlos con los Directores Ejecutivos del FMI. Estas reuniones capacitaron a los países en desarrollo para participar en las discusiones entre los Diputados del G 10 y los Directores Ejecutivos del FMI donde pudieran ser considerados los asuntos que afectan al mundo como un todo". Como consecuencia, en 1966 y 1967 se realizaron reuniones entre los diputados del G10 y los Directores Ejecutivos del FMI. Estas reuniones capacitaron a los países en desarrollo para participar en las discusiones, aunque con la extensión limitada ya que el G10, a parte de su presentación como grupo, gozaba también de la representación en el FMI. Durante estas reuniones la idea de crear reservas solo para un grupo limitado, fue abandonada

 

 

En el reporte de Ossola se pueden apreciar las razones expuestas por el Grupo de los Diez para descartar la aproximaci6n a un grupo limitado:

 

El arreglo limitado suponía mayores desventajas que ventajas. Para que un grupo de países industrializados crezca, así de un plumazo, apoyándose en sus propias reservas monetarias y presentarse luego como  los más ricos, invitaría a serias críticas por parte de los demás países, quienes declararían que sus propias necesidades para la mayor libertad de movimiento en sus pagos internacionales son proporcionales, y no menos que aquellas de los miembros del Grupo. Un conjunto de países pequeños podría demostrar que ha mantenido una buena posición de sus reservas y la posición de sus balanzas de pagos es comparativamente favorable con respecto a los países que conforman el Grupo. Sería entonces arbitrario negar su participación. En cualquier grupo limitado, la dificultad de los casos fronterizos sale a flote. Es entonces que por esta razón, que la opinión de aquellos que propugnan por un acuerdo de sus limitaciones en la cantidad de sus miembros se vea favorecida. Estos últimos prefieren una aproximación que englobe sus propios elementos de juicio a la agrupación limitada a un número de países, a medida que se desarrolle la economía, necesitarán acrecentar sus reservas, aun si los países excluidos del grupo fueran capaces de incrementar sus reservas proporcionando recursos reales o atrayendo influjos de capital. Al excluir a estos países se arriesgaría crear un sentido discriminatorio que sólo enredaría la cooperación y el entendimiento y la coadyuvaría a exigir alguna otra cooperación en alguna otra forma. Además en un sentido técnico, entre más limitado sea el grupo, más propensos estarían sus miembros en acumular individualmente y en una forma indebida los nuevos activos; lo anterior ocurriría aún cuando sus balanzas de pagos tuvieran un superávit con el grupo y un déficit con el resto del mundo.

 

 

El Grupo de los diez, (E.U., Francia, Japón, Reino Unido, RFA, Bélgica , Canadá, Italia, Países Bajos, Suecia y Suiza) solicita la presentación de un informe en torno al funcionamiento del sistema monetario internacional y las condiciones para mejorarlo, tal como se formuló en la conferencia de Williamsburg celebrada en 1983.

 

El G10 se formó en 1962 al establecerse los Acuerdos Generales para la Obtención de Préstamos (AGP), sobre los cuales no fueron precisamente pocas las críticas que se realizaron en su momento. La actividad del grupo giró hasta 1983, entorno a los planteamientos del Reporte de Ossola. En el año de 1983 el GI0 solicita la preparación de un informe en torno al funcionamiento del sistema monetario internacional y las condiciones para mejorarlo, tal como se formuló en la conferencia económica de Williamsburg.

 

Los ministros y gobernadores de 1os bancos centrales de 105 países que participaron en los AGP se reunieron en Tokio el 21 de Junio de 1985. Se expresó la satisfacción ante el informe y se respaldó la conclusión general de que la estructura básica del actual sistema, como se refleja en el Convenio Constitutivo del FMI, sigue siendo válida y no requiere cambios institucionales de envergadura. No obstante se consideró que el sistema ha tenido ciertas deficiencias y que era necesario mejorar su funcionamiento.

 

Se respaldó la conclusión de los suplentes en relación con el objeto de que para lograr mayor estabilidad en el sistema monetario internacional sería necesario evitar las fluctuaciones excesivas del nivel de liquidez internacional. Se reconoció la importante contribución del mercado internacional de capitales frente a las necesidades de financiamiento externo. Sin embargo se hizo notar que el suministro de liquidez seguiría dependiendo de la solvencia de los prestatarios, la política económica de los grandes países y las        condiciones del crédito en el mercado financiero internacional.

 

Se respaldó igualmente, la propuesta de que el FMI mejore su sistema de supervisión de las políticas económicas de los países que tienen relación con estos problemas. Se reconoció también la necesidad de reglamentar aun más el mercado de capitales y liberalizar las corrientes de capital, así como de proporcionar financiamiento oficial adecuado a los países en desarrollo, los cuales a pesar de los ajustes adoptados, no cuentan con suficiente acceso al mercado financiero.

 

Se examinó la función del DEG, reconociendo que el sistema monetario internacional ha cambiado considerablemente desde la creación del mecanismo del DEG y que esto a su vez, ha modificado los fundamentos del derecho Especial de Giro. Se estimó que el DEG puede contribuir de manera importante a satisfacer las necesidades de reservas a largo plazo y en este contexto, proporcionar una red de seguridad para futuros imprevistos. En estas circunstancias, se respaldó el propósito de los Directores Ejecutivos del FMI de llevar a cabo una evaluación global de la futura función del DEG en el sistema.

 

 

3.3 La creación de liquidez y el Grupo de los 24.

 

Paralelamente a las actividades del G 10 Y con el objeto de representar los intereses de los países en desarrollo en las negociaciones sobre asuntos monetarios internacionales, fue creado en la reunión celebrada en Lima en 1972 y bajo el auspicio del Grupo de los 77,     el Grupo de         los Veinticuatro.

 

Sin ser un órgano del Fondo Monetario Internacional, este proporciona servicios de secretaria al Grupo, cuyas reuniones tienen lugar generalmente al mismo tiempo que las reuniones del Comité Provisional y del Comité para el Desarrollo. De este modo los países miembros en desarrollo pueden desarrollar los puntos del temario antes de las reuniones de los dos Comités asesores del Fondo


Oficialmente llamado Grupo Intergubernamental de los Veinticuatro para asuntos monetarios internacionales.

 

En la reunión celebrada del 19 al 21 de Agosto de 1985 en la sede del Fondo,  los suplentes del grupo intergubernamental de los Veinticuatro para         asuntos monetarios internacionales concluyeron su informe titulado

“El funcionamiento y mejora del sistema monetario internacional” siendo aprobado para su presentación al Comité Provisional de la Junta de Gobernadores del Fondo sobre el Sistema Monetario Internacional. El documento se ocupaba del problema en torno a la liquidez internacional, proponiéndose en él ampliar los márgenes de liquidez aumentando los recursos del FMI por medio de una nueva asignación de DEG. La finalidad de la propuesta consistía en compensar la caída de los precios de las materias primas y solucionar el problema de insuficiencia de         nuevos créditos. El documento sostenía igualmente que los resultados logrados en los últimos diez años en lo que respecta a la creación y gestión de la liquidez internacional no han sido satisfactorios. Se sugiere efectuar        una asignación anual de DEG 15000 millones, consecuente con las necesidades de financiamiento de los países en desarrollo, además de asignaciones de similar cuantía anuales y se hizo hincapié en que las asignaciones regulares son un requisito previo para que el DEG pueda convertirse en el principal activo de reserva del sistema.

 

Resaltaron la existencia de un sistema inadecuado de creación y distribución de liquidez y subrayaron que el carácter de estos problemas es principalmente sistémico e

instaron a que se considerara la reforma del actual sistema financiero internacional.

 

Los ministros reafirmaron su opinión en torno a que debe mantenerse su carácter incondicional de las asignaciones de DEG, de acuerdo con la letra y el espíritu del Convenio Constitutivo y reiteraron la solicitud de creación de un vinculo entre las asignaciones de DEG y el financiamiento del desarrollo, propuesta que está tanto más justificada en el contexto de la actual situación económica mundial.

 

 

3.4 Análisis comparativo de las propuestas presentadas por el G10 y el G24

 

Tanto en el informe del G10 como en el del G24 se presentan propuestas para el mejoramiento de la gestión de la liquidez internacional. Estas propuestas pueden clasificarse en dos categorías: las que tienen por objeto afianzar el sistema de liquidez internacional en general y las encaminadas a modificar el papel del DEG como fuente de liquidez.

 

En el informe del G10 se presentan una serie de propuestas relativas al afianzamiento del sistema. En primer lugar, se puede tratar de mejorar el financiamiento del mercado

Financiero como fuente de liquidez internacional fomentando la recopilación y difusión de los datos que se utilizan en la evaluación de la solvencia, desreglamentando el mercado de capitales y liberalizando las corrientes de capital, e intensificando la supervisión de los bancos que operan en el mercado internacional. Segundo, la integración de las políticas cambiarias de los países miembros y la supervisión de la liquidez internacional pueden contribuir al mejoramiento del sistema monetario internacional. Tercero, el suministro de financiamiento oficial, en condiciones adecuadas,         a los países que    tienen          acceso limitado al mercado privado de capitales puede contribuir a restablecer la solvencia de estos países.        El informe   del Grupo de los Veinticuatro respalda también una supervisión más estricta de las políticas cambiarias y macroecon6micas, así como la supervisión de la liquidez internacional está limitada por la superposición de los principales países a tener en cuenta el impacto internacional de la política por ellos seguida y responde a las instancias expresadas en los foros internacionales representativos.

 

 En cuanto a la función del DEG en la oferta de la liquidez internacional, en ambos informes se señala que el DEG no ha desempeñado un papel importante en  el sistema financiero internacional. Sin embargo los informes difieren en cuanto a las causas de ello. En el informe del Grupo de los Veinticuatro se atribuye esto principalmente a la escasez de las asignaciones de DEG, es decir a una limitación de oferta. En el informe del Grupo de los Diez se hace notar que el mercado financiero internacional se ha convertido en una fuente alternativa eficaz de reservas, en tanto que las características del DEG, en particular su uso restringido, ha tendido a limitar la demanda de este activo. En lo que respecta a la futura función del DEG, en el informe del Grupo de los Veinticuatro se destaca una serie de importantes objetivos que pueden lograrse mediante las asignaciones de DEG y se observa que  los DEG podrían ofrecer al sistema internacional de forma mas eficaz que las reservas en múltiples monedas. En el informe del Grupo de los Diez se reconoce que, dado su carácter de reserva propia, el DEG todavía puede desempeñar un papel útil en la tarea de satisfacer la necesidad mundial a largo plazo de complementar las reservas en un sistema que se basa en buena medida en la obtención de reservas de préstamo". En este contexto, los suplentes del Grupo de los Diez, estiman que el uso del mecanismo del DEG constituye una red de seguridad para imprevistos futuros, si bien no llegan a un acuerdo a este respecto.


 

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